Absuelto el autor de varios mensajes contra el alcalde de Tíjola (PP) al apreciar la juez ‘un contexto de crítica política’

La sentencia no considera probada la autoría de los comentarios de Facebook y descarta que los vídeos de YouTube constituyan injurias o calumnias

La Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Almería ha absuelto a un acusado de injuriar y calumniar en redes sociales al alcalde de Tíjola, José Juan Martínez (PP). La magistrada distingue entre los comentarios de Facebook, cuya autoría no considera acreditada, y los vídeos de YouTube, que sí atribuye al acusado, pero cuyo contenido no estima penalmente castigable en el contexto de crítica política en el que se difundió.

La sentencia, dictada el pasado  11 de septiembre, permite recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería. El acusado ha estado defendido por el abogado José Luis Martínez, que solicitó su libre absolución.

La causa examinaba publicaciones de 2023 con descalificaciones y acusaciones sobre la gestión del regidor. En Facebook, uno de los mensajes reclamaba “quitar a los corruptos y mafiosos como es José Juan de Tíjola” y afirmaba que estaba imputado en asuntos relacionados con la Diputación y con un supuesto espionaje en una vivienda.

Otro comentario lo llamaba “el subnormal del Alcalde de Tíjola, el puto cacique y mafioso” y aludía al supuesto empleo de trabajadores del PER en fincas particulares. También se publicaron expresiones como “no vale ni para residuos orgánicos” y “animal con patas”.

La juez considera que esos mensajes existieron, pero no se ha demostrado que los escribiera el acusado. La aparición de su nombre y apellidos no basta, según la resolución, para atribuirle unas publicaciones sobre las que no se practicaron pruebas que permitieran descartar la intervención de otra persona vinculada al perfil.

Distinta es la valoración de los vídeos difundidos en YouTube el 3 de mayo de 2023. Sus títulos incluían “la poca vergüenza del Alcalde de Tíjola” y “el espionaje del alcalde de Tíjola, sus compinches y mafia Policía Local de Tíjola”.

En las grabaciones figuraban manifestaciones como “Contratar gente a dedo. Cacique, eso es un delito por parte de un funcionario público”, “Se lucra para usted mismo sin importarle nadie ni los ciudadanos” o “Si apoyas a un corrupto, eres un corrupto”. También se hablaba de una “malversación de fondos públicos que están cometiendo los alcaldes”.

La magistrada admite los vídeos como prueba y rechaza la impugnación de la defensa, que había cuestionado la cadena de custodia y planteado una posible manipulación. Sin embargo, descarta las calumnias al entender que las manifestaciones son genéricas y no contienen una imputación concreta y específica de hechos delictivos al denunciante. La sentencia no declara probadas las irregularidades mencionadas.

En cuanto a las injurias, la resolución aprecia una finalidad de crítica a la gestión pública dentro de un contexto político. Añade que, aunque las expresiones pudieran exceder el derecho a la crítica, no alcanzarían la gravedad necesaria para tener trascendencia penal en esas circunstancias.

La acusación particular solicitaba quince meses de prisión por calumnias, catorce meses de multa por injurias y 10.000 euros de indemnización. La Fiscalía pedía diez meses de multa por injurias y 3.000 euros de indemnización.

La absolución deja abierta al denunciante la posibilidad de acudir a la vía civil para reclamar la protección de su derecho al honor.

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