Spirotetramat: qué se sabe de su eficacia contra el parvispinus y por qué no está autorizado

El spirotetramat, calificado como posible disruptor endocrino, también denominado espirotetramato, es la sustancia activa cuya autorización excepcional reclama el sector del pimiento de Almería para combatir el Thrips parvispinus.

La Junta de Andalucía solicitó su uso temporal pese a conocer que la sustancia se ha retirado en el espacio eurpeo y el Ministerio de Agricultura ha denegado la petición. Para entender esta situación conviene separar tres cuestiones: su eficacia contra la plaga, la pérdida de su aprobación europea y el rechazo de la excepción solicitada.

¿Mata al parvispinus?

Existe evidencia científica de actividad contra esta especie, pero no permite presentarlo como una solución infalible ni como el único insecticida eficaz.

Una investigación publicada en enero de 2024 comparó 32 productos en condiciones de laboratorio. El spirotetramat mostró una toxicidad moderada contra Thrips parvispinus, con resultados diferentes según la fase del insecto y la vía de exposición. No estuvo entre los tratamientos con mayor mortalidad en todas las condiciones estudiadas.

Estos resultados respaldan su posible utilidad, pero no demuestran que pueda eliminar por sí solo una infestación en un invernadero comercial de Almería. El ensayo evaluó efectos a corto plazo en condiciones controladas, no el resultado de una campaña completa de pimiento. Por eso, resulta más preciso describirlo como una herramienta con actividad contra la plaga que como «el producto que acaba con el parvispinus».

¿Por qué dejó de estar autorizado?

El Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1092, de 2 de junio de 2025, retiró el espirotetramato de la lista de sustancias activas aprobadas junto con otras sustancias cuyas aprobaciones habían expirado sin renovación. El reglamento explica que, para las sustancias afectadas, no se habían presentado solicitudes de renovación o estas se habían retirado.

La información sectorial consultada atribuye el caso del spirotetramat a que Bayer dejó de defender su registro. Sin embargo, el reglamento no detalla los motivos empresariales ni establece en ese acto una nueva conclusión toxicológica específica sobre esta sustancia.

La distinción es importante: perder una aprobación por falta de renovación no demuestra que un producto sea inocuo, pero tampoco equivale, por sí solo, a una prohibición adoptada tras una nueva evaluación que haya identificado un riesgo concreto inaceptable.

¿Hay preocupaciones sobre sus efectos?

Sí. Existe una controversia sobre su posible capacidad de alterar el sistema hormonal.

La organización PAN Europe sostiene que hay indicios de alteración endocrina y ha cuestionado una autorización excepcional concedida en Bélgica. También señala limitaciones en la información presentada para evaluar determinados efectos ambientales. Estas afirmaciones deben atribuirse a esa organización y no confundirse con una resolución oficial que explique el rechazo de la solicitud almeriense.

Con la documentación consultada, no sería riguroso afirmar que España ha rechazado su uso «porque causa cáncer» ni atribuir la decisión a un efecto sanitario específico que no figure documentado en la resolución.

¿Por qué se ha rechazado la excepción para Almería?

La denegación de la solicitud andaluza se hizo pública a finales de octubre. ASAJA Almería ha reclamado al Ministerio que explique sus motivos y revise las alternativas legales.

Existe otra denegación relacionada con el uso del spirotetramat contra pulgones, en la que se señaló que la solicitud no cumplía las condiciones del artículo 53 del Reglamento (CE) 1107/2009, que regula las autorizaciones excepcionales. Ese expediente no debe confundirse con el del parvispinus en pimiento ni utilizarse para atribuir a ambos la misma motivación.

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