España

Caso Koldo. El Tribunal Supremo condena a largas penas de prisión a Ábalos y Koldo y casi exonera a Aldama

El Tribunal Supremo ha impuesto en su sentencia penas que numerosas fuentes jurídicas consideran desproporcionadas a Ábalos y Koldo García, mientras deja en libertad a Aldama, el organizador de la trama, sin obligarle a devolver los 3,7 millones que cobró en comisiones ilegales

Lo que el Tribunal Supremo ha dado por sentado en la sentencia del denominado Caso Mascarillas —primera pieza del caso Koldo— es que existió una trama de corrupción organizada durante la pandemia, que el empresario Víctor de Aldama pagó al entonces ministro de Transportes, José Luis Ábalos, y a su asesor personal, Koldo García, para que las compras públicas de mascarillas a cargo de Puertos del Estado y Adif —organismos bajo su tutela ministerial— se adjudicasen a una de sus empresas, Soluciones de Gestión aprovechándose de la urgencia de las circunstancias y que, a cambio, el exministro y su asesor recibieran compensaciones económicas en forma de comisiones porcentuales de la cantidad defraudada. La factura total para el erario público fue de más de 53 millones de euros y la comisión de Aldama ascendió a 3,7 millones de euros canalizados a través de dos sociedades pantalla, cantidad que el Supremo ni siquiera le reclama a Víctor Aldama en la sentencia. El Tribunal Supremo sentencia, por tanto, que hubo corrupción, que queda probado que hubo organización criminal y que existió y queda probada la malversación de fondos públicos.

EL ORIGEN DE LA TRAMA

El fraude se gestó en el año 2020, coincidiendo con los meses más duros de la crisis sanitaria provocada por el COVID. Aprovechando los mecanismos de contratación de emergencia —caracterizados por la flexibilidad y la ausencia de los controles habituales—, los implicados aprovecharon para crear una red para canalizar adjudicaciones públicas de material sanitario. El núcleo operativo de la trama, compuesto por tres figuras principales estuvo compuesto por:

José Luis Ábalos Meco: En el momento de los hechos, ostentaba una doble condición: ministro de Transportes y secretario de Organización del PSOE.

Koldo García Izaguirre: Asesor directo de confianza y chófer del ministro, recomendado originalmente por la secretaría del partido. Actuaba como intermediario y ‘chico para todo’ del ministro Ábalos.

Víctor de Aldama Delgado: Empresario, comisionista y el cerebro financiero de la red. Canalizaba los contratos hacia empresas de su órbita y gestionaba el desvío de los fondos económicos. Implicado en otros casos de corrupción como el Caso Hidrocarburos.

Los ahora condenados utilizaron de forma instrumental a la empresa Soluciones de Gestión y Apoyo a Empresas S.L., una sociedad que carecía de experiencia previa relevante en el sector sanitario, pero que recibió directamente y por procedimiento de urgencia contratos millonarios por parte de entes públicos dependientes de Transportes, tales como Puertos del Estado y ADIF. A través de esta mercantil se gestionó el suministro de 13 millones de mascarillas, generando comisiones ilícitas que superaron los 6,6 millones de euros.

LOS HECHOS PROBADOS

La investigación, inicialmente bautizada como Operación Delorme, destapó que la actividad ilícita de la organización no se limitó de forma exclusiva a las mascarillas sanitarias, sino que abarcó una red sistemática de comisiones y favores institucionales:

Pagos fijos mensuales: El Tribunal Supremo acreditó que los tres acusados convinieron un sistema de remuneración fija de 10.000 euros mensuales destinados a cubrir «gastos fijos» del propio ministro Ábalos, al margen de otras cuantías extraordinarias.

Malversación y «enchufismo» laboral: Se consideró probado el desvío de fondos públicos mediante la colocación de personas cercanas a Ábalos (como Jésica Rodríguez y Claudia Montes) en empresas de titularidad estatal como Ineco, Tragsatec o Logirail. Estas personas percibieron salarios públicos sin realizar una prestación efectiva de trabajo o recibieron ascensos exprés tras la intervención de la trama.

Cesión temporal de propiedades inmobiliarias: El comisionista Víctor de Aldama financió el uso gratuito para el exministro de bienes inmuebles de lujo. Entre ellos destacan el usufructo de un chalé en la urbanización La Alcaidesa (Cádiz) y viviendas en Marbella y La Línea de la Concepción.

Tráfico de influencias y sectores regulados: La trama medió en favor de terceras empresas a cambio de contraprestaciones. Los tribunales confirmaron gestiones ilícitas ligadas a la obtención de licencias de operación de hidrocarburos (el caso de la empresa Villafuel S.L.).

LA RESOLUCIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO

La sentencia unánime de la Sala de lo Penal del Tribunal ha determinado categóricamente que los implicados constituyeron una organización criminal con plena vocación de permanencia orientada al lucro cesante del erario público. Las penas definitivas impuestas han sido las siguientes:

José Luis Ábalos: Condenado a 24 años y 3 meses de prisión por la comisión de los delitos de organización criminal, cohecho, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias. El tribunal le aplicó el mayor reproche penal al no apreciar atenuantes y destacar el severo daño institucional que su conducta infligió a la democracia. Cumplirá un límite máximo efectivo de 16 años y medio.

Koldo García: Condenado a 19 años, 8 meses y 1 día de prisión por los mismos cargos penales. Se mantiene junto a Ábalos en prisión, donde ingresaron de forma preventiva por riesgo de fuga.

Víctor de Aldama: Condenado a 4 años y 6 meses de prisión por organización criminal y cohecho. No obstante, el Supremo suspendió la ejecución de su entrada en prisión gracias a la aplicación de una atenuante muy cualificada de colaboración con la Justicia, al haber aportado documentación contable, registros de viajes e información fáctica crucial para desarmar la estructura de la trama.

En cualquier caso son penas que en muchos países democráticos de nuestro entorno superarían las reservadas para crímenes violentos graves. La acumulación de delitos —organización criminal, cohecho, malversación, tráfico de influencias— es la que justifica aritméticamente la cifra, pero la aritmética penal no siempre produce resultados que resistan el escrutinio de la proporcionalidad.

El TS condena a Aldama, el gran beneficiado de esta sentencia, a cuatro años y medio de prisión, suspende inmediatamente la ejecución de la pena en reconocimiento a su colaboración con la investigación y le impone doce meses de trabajos comunitarios, una multa de 72.000 euros y una responsabilidad civil de 340.000 euros compartida solidariamente con los otros dos condenados. Y, en el punto más discutible del fallo, le exime de devolver los 3,7 millones de euros cobrados en comisiones ilegales, absolviendo al empresario del delito de aprovechamiento de información privilegiada con el argumento de que la urgencia de las mascarillas durante la pandemia era «obvia» y, por tanto, la información sobre la inminencia de las licitaciones no era reservada ni secreta.

El fallo judicial concluye con una seria advertencia institucional: el uso de estructuras de poder del Estado para el beneficio privado fractura de manera directa los principios constitucionales de neutralidad y legalidad, socavando la confianza legítima de la ciudadanía en las instituciones democráticas. Aunque la pieza principal de las mascarillas ha quedado cerrada con esta resolución firme, los tribunales mantienen ramificaciones de la causa bajo investigación en piezas separadas

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