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Maricarmen y el artículo 47: un derecho constitucional sin vivienda pública que lo respalde

Andrei Quintiá Pastrana, investigador Ramón y Cajal en la Universidade de Santiago de Compostela, sostiene en The Conversation Europe que España es un aviso para el continente: reconocer el derecho a la vivienda no sirve de nada si no hay instituciones que lo hagan cumplir.

OPINIÓN

En un artículo publicado en The Conversation Europe con el título «Spain’s housing crisis is a warning for all of Europe – rights mean nothing if they’re not enforced», Andrei Quintiá Pastrana, investigador Ramón y Cajal en la Universidade de Santiago de Compostela, toma como punto de partida el desahucio de Maricarmen Abascal. Una mujer de 87 años, con discapacidad, fue sacada en camilla del piso madrileño en el que llevaba 71 años mientras cientos de personas intentaban impedirlo desde la calle. Quintiá recuerda que aquel episodio desencadenó una oleada de protestas aún en marcha cuando escribió, y que esas protestas enlazan con una crisis que, para muchos, viene arrastrándose desde el hundimiento financiero de 2008.

Un desenlace que llegó después del desahucio

Según relata el investigador, tras una semana de negociaciones y movilizaciones, el propietario del inmueble, un fondo de inversión que había encarecido la renta un 230 %, aceptó que Maricarmen regrese a su casa con un contrato de ocho años y renta limitada. Quintiá no se detiene en los detalles, pero la agencia Reuters los completa. Informó de que a la anciana le dieron media hora para salir con lo imprescindible, y de que su abogada, Beatriz Duro, aseguró que ni el juzgado ni el fondo, Urbagestión, quisieron suspender el desahucio pese a que había una petición pendiente y a que las administraciones buscaban alojamiento alternativo. El acuerdo llegó, por tanto, cuando el desahucio ya se había ejecutado. Es un dato que el artículo no subraya y que encaja con su tesis: lo que no consiguieron los cauces formales lo logró la presión pública. El derecho escrito y el parque que falta

El eje del análisis de Quintiá es una contradicción. El artículo 47 de la Constitución reconoce el derecho a una vivienda «digna y adecuada» y obliga a los poderes públicos a crear las condiciones para que sea efectivo. Sin embargo, recuerda el investigador, el parque de vivienda social español se mueve, según las estimaciones, entre el 1,5 % y el 3,3 % del total, con diferencias entre comunidades.

Otras fuentes apuntan en la misma dirección. Un reportaje de 2020 situaba la vivienda social en torno al 2 % del parque, frente a una media europea cercana al 12 %. Ha habido un intento reciente de corregirlo. El Gobierno creó Casa 47, una empresa pública de vivienda cuyo nombre remite al artículo constitucional, y según CNN, el Ministerio de Vivienda intentó, a través de ese organismo, comprar el piso de Maricarmen para ofrecerle un alquiler asequible. La gestión no evitó el desahucio.

La herencia franquista

Quintiá atribuye esa escasez a un modelo que España heredó del franquismo y que, según explica, se orientó a la propiedad mediante hipotecas subvencionadas, incentivos fiscales y la privatización sistemática de vivienda construida con fondos públicos. Esas políticas facilitaron que muchos hogares compraran en las décadas previas a la burbuja, pero dejaron un sector de alquiler social diminuto.

La explicación tiene respaldo histórico. José Luis de Arrese, ministro falangista de Vivienda, defendió abiertamente una España de propietarios y no de proletarios. Quintiá no desarrolla la consecuencia política de esa herencia, pero se deduce fácilmente: en un país de mayoría propietaria, las medidas que abaratan la vivienda tropiezan con los intereses de buena parte del electorado. Del crash de 2008 al mapa autonómico

Para el investigador, la crisis de 2008 y la oleada de desahucios que la siguió dejaron al descubierto los límites de ese sistema, que había canalizado la inversión pública hacia la vivienda privada sin alternativa para quienes la perdían. El activismo por el derecho a la vivienda, con la Plataforma de Afectados por la Hipoteca como referente, llevó la cuestión a la agenda y provocó reformas desde 2013, tanto autonómicas como estatales.

Quintiá subraya un rasgo institucional decisivo: la vivienda está en gran medida transferida a las 17 comunidades autónomas. Algunas han usado esa competencia para penalizar las viviendas vacías, regular el alquiler turístico o reforzar la protección frente al desahucio, y otras han optado por no intervenir. Contrapone el modelo de Madrid, más orientado al mercado, al de Cataluña, con una regulación más amplia.

El contraste tiene hoy una traducción política evidente. Reuters explica que el Gobierno de coalición ha impulsado más protección para los inquilinos y controles de alquiler más amplios, pero no logra apoyos en un Parlamento dividido, mientras que el Ejecutivo regional madrileño, de signo conservador, prefiere el enfoque de mercado. Durante el desahucio, los activistas gritaron «¡El ático de Ayuso para Maricarmen!», en alusión a la polémica por la compra pública de un ático de 6,3 millones de euros.

La ley de 2023 y los decretos que decaen

El artículo recuerda que el Estado central ha ganado protagonismo en la última década, hasta culminar en la Ley por el Derecho a la Vivienda de 2023, la primera norma estatal sobre la materia. Permitió que las comunidades declaren zonas tensionadas y limiten allí las rentas, además de reforzar la protección de los inquilinos. Pero los intentos posteriores han fracasado, según Quintiá: el Congreso rechazó el decreto aprobado en marzo y una propuesta de julio no alcanzó el apoyo necesario para votarse.

Aquí los hechos han adelantado al artículo. El investigador escribió que el desahucio ya había impulsado un acuerdo para aprobar nueva legislación. Esa legislación eran los dos decretos del Gobierno, que el viernes 2 de octubre tumbaron PP, Vox y Junts. Desde entonces, el movimiento por la vivienda ha pasado de exigir su aprobación a reclamar una huelga general. El análisis de Quintiá sigue en pie, pero el desenlace al que apunta no se ha cumplido.

Un matiz jurídico que le da la razón

Hay una precisión que el investigador no hace y que refuerza su argumento. En España, el artículo 47 no es un derecho que cualquier ciudadano pueda reclamar directamente ante un tribunal. El Tribunal Constitucional, en su sentencia 32/2019, dejó claro que no es un derecho subjetivo exigible, sino un mandato programático, protegido en los términos del artículo 53.3. La Constitución obliga a los poderes públicos a actuar, pero no concede a Maricarmen una acción para exigir una casa. Parte de la distancia que Quintiá denuncia entre el texto y la práctica está, así, inscrita en el propio diseño constitucional.

Europa e Irlanda como espejo

La última parte del artículo amplía el foco. Quintiá señala que los alquileres al alza, la escasez de vivienda social, los contratos precarios y la presión del turismo y de la inversión dificultan el acceso en países como Países Bajos, Alemania o Francia, y que Irlanda atraviesa una situación especialmente grave. Según la investigación comparada sobre Irlanda y España en la que se apoya, ambos países, pese a sus sistemas jurídicos y tradiciones distintos, llegan al mismo resultado: inseguridad residencial prolongada, desahucios y personas sin hogar.

Irlanda lleva años discutiendo si incorpora un derecho constitucional explícito a la vivienda. España, razona el investigador, funciona como advertencia: tener el derecho escrito no basta sin instituciones consolidadas capaces de aplicarlo mediante vivienda social, inversión pública, protección de los inquilinos y políticas que se adapten al mercado. Las medidas de emergencia pueden evitar un desalojo, pero solo ofrecen soluciones provisionales. Lo que protege el derecho, concluye, es su realización progresiva, un principio que recoge el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Una valoración

La tesis de Quintiá es sólida en lo fundamental: sin parque público, el artículo 47 se queda en declaración. Cabe hacerle dos reservas. La primera es que explicarlo todo por la herencia franquista y la falta de vivienda social deja al margen el debate sobre la oferta, que es el centro del rechazo del PP y de Junts, partidarios de estimularla con incentivos fiscales antes que de intervenir los precios. La segunda es el tono final, esperanzado ante la movilización, que es una lectura personal del autor y no una conclusión de su investigación. La calle se ha movido, pero el Congreso acaba de decir que no. Esa contradicción es hoy la noticia.

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